PRESTACIONES DEL S.E.M. DE CARRERA, SU EVOLUCIÓN GRADUAL EN EL ÚLTIMO MEDIO SIGLO. Por Leonardo Ffrench Iduarte*

Hasta antes de 1967, según la Ley del Servicio Exterior Mexicano (SEM) de 1934, las únicas prestaciones que recibían los miembros del SEM de carrera eran el pago de boleto de avión en primera clase para efectuar su traslado, una cantidad mínima para gastos de instalación y el pago del transporte del menaje de casa, consistente en no más de 200 kilos por barco ú 80 por avión (algo así como una cama, un sofá y algunos libros…) así como una compensación de retiro para quienes se jubilaran,  equivalente a doce meses de su último sueldo.

A partir del gobierno de Gustavo Díaz Ordaz (1964-70) y de su Secretario de Relaciones Exteriores (SRE) Antonio Carrillo Flores, las prestaciones comenzaron a mejorar. Así, con una nueva Ley del SEM (1967) y mediante un acuerdo entre la SRE y el ISSSTE, encabezado por el Lic. Sánchez Mireles,  los integrantes del SEM pudieron recibir, como reembolso, cerca de un año después, el 80% de los gastos médicos mayores debidamente comprobados que hubieron de erogar en el extranjero.

Durante el gobierno del Presidente Luis Echeverría (1970-76), el Secretario de Relaciones Exteriores, Emilio O. Rabasa logró, para todos los efectivos del SEM en el extranjero, un aumento de 30% en sus percepciones mensuales en virtud de que los diplomáticos mexicanos estaban entre los peor remunerados del mundo y, consecuentemente, no podían competir  con representantes de otros países de nivel de desarrollo similar al nuestro. Además, se inició el pago de pasajes para venir a México a pasar dos meses de vacaciones acumuladas, tras dos años de trabajo continuo.

De manera similar, el Secretario Santiago Roel, siendo Presidente José López Portillo (1976-82), logró para todos los integrantes del SEM en el extranjero un aumento parejo de US $ 500 dólares mensuales.

Con el Secretario Jorge Castañeda y Álvarez de la Rosa, recordado como “don Jorge el Grande” se promulgó y publicó una nueva Ley (1982) que incorporó las categorías de embajadores eméritos (5) y embajadores eminentes (10) quienes recibirían jugosos aumentos vitalicios en sus ingresos mensuales. Además, estableció una prestación como ayuda para renta para los jefes de misión donde México no era propietario de sus residencias. También se amplió el pago del transporte del menaje de casa, mucho más ajustado a la realidad, en función del rango del miembro del SEM y del número de sus dependientes económicos.

Posteriormente, siendo titular de la Cancillería Bernardo Sepúlveda Amor, durante el gobierno de Miguel de la Madrid (1982-88), se establecieron ingresos diferenciados en función de la importancia  relativa de la misión y del costo de la vida, según registros de la ONU. Asimismo se inició el pago de una ayuda económica para la educación de los hijos menores en el exterior y se contrataron seguros de gastos médicos mayores con empresas de presencia mundial.

Siendo Secretario de Relaciones Fernando Solana Morales (1988-1993) durante la administración de Carlos Salinas de Gortari (1988-1964) se fortaleció al SEM mediante la creación de centenares de nuevas plazas con concursos públicos de ingreso y el establecimiento de concursos de ascenso, a fin de atenuar las promociones discrecionales, basadas casi únicamente en los informes semestrales que enviaban los jefes de misión y en las relaciones políticas de los miembros del SEM.

En el siguiente sexenio, el del Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León (1994-2000) los secretarios José  Ángel  Gurría y Rosario  Green  Macías, la primera  mujer al  frente de la Cancillería, se                mejoraron cuantitativamente, en general, casi todas las prestaciones. Rosario  Green,  dicho  sea  de paso,  fue  probablemente  la  primera  titular  de  nuestra Cancillería que se preocupó por la situación de los jubilados del SEM y logró jugosos aumentos en los ingresos de los miembros del SEM adscritos en nuestro país.

Así, Rosario Green le propuso a su sucesor, [el primer secretario de relaciones exteriores de “la alternancia”, Jorge G. Castañeda Gutman (a) “Jorge el pequeño” (en comparación con su padre) o “Jorge el breve”, pues sólo duró 26 meses al frente de la SRE, lo que no sucedía al inicio de una administración nacional desde tiempos del Presidente Lázaro Cárdenas (1934-40)] que incorporara en la nueva Ley del SEM (2001), que entró en vigor en marzo del 2002, que se diera a quienes se jubilaban 24 meses de su último ingreso como compensación de retiro, en lugar de los doce que se daban desde la Ley de 1934.

Sin embargo, esos 24 meses le permitían a los jubilados del SEM conservar el nivel de vida que tenían en  su vida activa solamente durante dos años, porque la expectativa promedio de vida había crecido hasta 75 años para los hombres y 78 para las mujeres. Y, desde la gestión de Jorge G. Castañeda Gutman se estableció como obligatorio, para todos los miembros del SEM de carrera, incluidos embajadores y cónsules generales, el retiro a los 65 años de edad. Hasta antes de esta ley, se requería por lo menos el acuerdo presidencial para jubilar a embajadores y cónsules generales que cumplían 65 años de edad. Después de esa compensación de retiro de 24 meses del último ingreso, tras treinta años o más al  servicio del Estado, los jubilados del SEM recibían únicamente una exigua  pensión del ISSSTE que, a lo sumo, representaba diez salarios mínimos.

Consecuentemente se puede asegurar que, a pesar de que en los recientes seis decenios hubo  mejoras graduales en las prestaciones para los integrantes del SEM de carrera, el creciente número de jubilados seguía olvidado por las autoridades de nuestro país.

No fue sino hasta abril del 2018, cuando se  publicaron reformas a la Ley del SEM que, entre otras mejoras, establece que la edad de jubilación obligatoria será a los 70 años de edad y que los jubilados del SEM de carrera recibirán una compensación suplementaria a la exigua pensión que les paga el ISSSTE. Esta compensación suplementaria equivale al 50%  de la pensión del ISSSTE  recibida  en abril del 2018 y será del 100% de la misma para quienes se jubilen al cumplir 70 años de edad, pues habrán contribuido con un pequeño porcentaje mayor de sus ingresos mensuales a su fondo de pensión en sus últimos años de vida activa.

Antes de terminar, considero que resulta importante subrayar que prácticamente todas las mejoras a las prestaciones de los miembros del SEM se debieron  a iniciativas de los integrantes de la Asociación del Servicio Exterior Mexicano (ASEM), quienes lograron convencer a los titulares de nuestra Secretaría de Relaciones Exteriores  de la conveniencia y bondad de las mismas y de su capacidad de negociación con integrantes del Poder Legislativo para la formulación de reformas a la ley del SEM en vigor-

 

*El autor del presente artículo es embajador de México, jubilado.

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4 comentarios

  1. Estupenda, puntual e ilustrativa reseña cronológica de las prestaciones del SEM de carrera en el último 1/2 siglo. El querido Leni siempre padeció el síndrome del exceso de memoria, que pareciera habérsele agudizado…quién lo diría…

  2. Héctor Mendoza y Caamaño

    Un buen resumen de la evolución de las prestaciones que los miembros del SEM en los últimos casi sesenta años. El embajador Ffrench es un buen historiador y por ello, ademas de la buena memoria, debe tener un fichero digital de primera sobre nuestro ilustre Servicio Exterior

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